¿Qué empresas pueden contratar?
Las empresas que pueden contratar con el sector público son aquellas que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional. Además, deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que sea exigible para la realización de las prestaciones que constituyan el objeto del contrato. En el caso de contratos subvencionados, el contratista deberá además acreditar su solvencia y no estar incurso en la prohibición de contratar. Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo también tendrán capacidad para contratar con el sector público, siempre que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate.