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viabilidad como criterio juicio valor

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La viabilidad de un proyecto puede ser considerada como un criterio de adjudicación sujeto a juicio de valor en el contexto de la Ley de Contratos del Sector Público de España. Este criterio se relaciona con la evaluación de aspectos cualitativos del proyecto, como la rentabilidad, el impacto económico y social, y los riesgos operativos y tecnológicos.

La viabilidad como criterio de adjudicación se refiere a la capacidad de un proyecto para cumplir con sus objetivos de manera efectiva y eficiente, teniendo en cuenta su justificación, las ventajas que ofrece, la demanda prevista, y su impacto ambiental y social. Este criterio se evalúa a través de un estudio de viabilidad que incluye un análisis detallado de estos aspectos.

El estudio de viabilidad es un documento que debe contener información relevante sobre la finalidad y justificación de las obras, las ventajas cuantitativas y cualitativas de la concesión, previsiones sobre la demanda y la rentabilidad, impacto ambiental, soluciones técnicas, riesgos operativos y tecnológicos, y la financiación propuesta, entre otros aspectos.

En el proceso de adjudicación, la evaluación de la viabilidad como criterio sujeto a juicio de valor se realiza por un comité de expertos o por la mesa de contratación, dependiendo del procedimiento. Este comité o mesa es responsable de valorar los aspectos cualitativos del proyecto que no pueden ser cuantificados mediante fórmulas automáticas.

La valoración de la viabilidad se efectúa antes de la aplicación de criterios cuantificables mediante fórmulas, y se hace pública en el acto de apertura de las ofertas. La elección de las fórmulas y la justificación de los criterios de adjudicación deben constar en el expediente de contratación.

En resumen, la viabilidad como criterio de juicio de valor es un elemento importante en la adjudicación de contratos del sector público en España, y su evaluación debe ser realizada por órganos competentes y especializados, garantizando la transparencia y objetividad del proceso.

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