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en contrato de servicio de limpieza SARA AGE con procedimiento abierto ¿Se podría interponer el recurso especial en materia de contratación contra el acuerdo de adjudicación?

Esta pregunta está pendiente de revisión por un humano

Sí, se podría interponer el recurso especial en materia de contratación contra el acuerdo de adjudicación en un contrato de servicio de limpieza SARA AGE con procedimiento abierto.

El recurso especial en materia de contratación es aplicable a los contratos de servicios cuyo valor estimado sea superior a 100.000 euros. Dado que un contrato de servicio de limpieza SARA AGE supera este umbral, es susceptible de ser impugnado mediante este recurso.

El recurso especial puede ser interpuesto contra varias actuaciones, incluyendo los acuerdos de adjudicación. Esto significa que si un licitador o cualquier parte interesada considera que el acuerdo de adjudicación no cumple con los requisitos legales o presenta irregularidades, puede recurrirlo.

El procedimiento para tramitar el recurso especial sigue las disposiciones de la Ley del Procedimiento Administrativo Común, con algunas especialidades. Una vez interpuesto el recurso, el órgano competente notificará al órgano de contratación y reclamará el expediente de contratación para su revisión.

Concepto Detalle
Tipo de contrato Servicio de limpieza SARA AGE
Procedimiento Abierto
Umbral para recurso especial > 100.000 euros
Actuaciones recurribles Acuerdo de adjudicación, entre otros

Referencias

  • [Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 44; URL: https://contratos.gobierto.es/normativa/ley-contratos-sector-publico/44]
  • [Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 56; URL: https://contratos.gobierto.es/normativa/ley-contratos-sector-publico/56]
  • [Blog de Gobierto - Procedimiento abierto; URL: https://www.gobierto.es/blog/procedimiento-abierto]
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