Una vez interpuesto, se puede retirar un recurso de alzada??
Sí, un recurso de alzada puede ser retirado una vez interpuesto.
En el contexto de la Ley de Contratos del Sector Público de España, aunque no se menciona explícitamente la retirada de un recurso de alzada, en general, los recursos administrativos pueden ser desistidos por el interesado. Esto implica que el recurrente puede decidir retirar su recurso en cualquier momento antes de que se dicte una resolución sobre el mismo.
La retirada del recurso implica que el procedimiento administrativo se detiene y no se emite una resolución sobre el fondo del asunto. Esto es coherente con el principio general de que el interesado tiene control sobre su recurso, siempre que no se haya dictado una resolución.
Es importante tener en cuenta que, al retirar un recurso, el interesado renuncia a la posibilidad de que se revise el acto administrativo impugnado, manteniéndose este en sus términos originales.
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