donde se prevé que un contrato abierto simplificado sea sumario?
Un contrato abierto simplificado puede ser sumario en el contexto del procedimiento abierto simplificado abreviado, también conocido como supersimplificado. Este procedimiento busca agilizar los plazos de licitación y adjudicación, así como reducir los requisitos documentales y procedimentales, sin comprometer los principios de igualdad y concurrencia entre operadores económicos.
El procedimiento simplificado abreviado está diseñado para ser una modalidad super abreviada del procedimiento abierto ordinario. Se caracteriza por la reducción de plazos, permitiendo que el plazo para presentar proposiciones no sea inferior a 10 días hábiles desde la publicación del anuncio de licitación. En casos de compras corrientes de bienes disponibles en el mercado, este plazo puede reducirse a 5 días hábiles.
Este procedimiento no requiere la constitución de la mesa de contratación de manera obligatoria, y la oferta se presenta en un único sobre o archivo electrónico. Además, no se exige la acreditación de la solvencia económica y financiera, ni técnica o profesional de los licitadores. Tampoco se requiere la constitución de una garantía definitiva por parte de los licitadores.
La formalización del contrato es potestativa, pudiendo efectuarse mediante la firma de aceptación por el contratista de la resolución de adjudicación. La regulación supletoria para lo no previsto en este procedimiento son las normas aplicables al procedimiento abierto simplificado y, supletoriamente, las normas del procedimiento abierto.
Característica | Detalle |
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Plazo mínimo para proposiciones | 10 días hábiles (5 días para compras corrientes) |
Mesa de contratación | Potestativa |
Oferta | Único sobre o archivo electrónico |
Solvencia | No se exige acreditación |
Garantía definitiva | No requerida |
Formalización | Potestativa |
- Referencias: