¿Se ha de publicar la adjudicación en el perfil del contratante, en el BOE y, en su caso, en el DOUE de un procedimiento negociado sin publicidad?
La adjudicación de un procedimiento negociado sin publicidad debe publicarse en el perfil del contratante, pero no es necesario publicarla en el BOE ni en el DOUE.
En el procedimiento negociado sin publicidad, la publicación de la adjudicación en el perfil del contratante es obligatoria. Esto asegura la transparencia y permite que los interesados puedan interponer recursos si lo consideran necesario. La notificación debe incluir información relevante sobre la adjudicación, como el nombre del adjudicatario y las razones por las cuales su oferta fue seleccionada.
No es necesario publicar la adjudicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) ni en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) para los procedimientos negociados sin publicidad. Estos procedimientos, por su naturaleza, no requieren la misma publicidad que otros tipos de procedimientos de contratación pública.
-
que hay que publicar en un procedimiento negociado sin publicidad
-
¿Se ha de publicar la formalización en el perfil del contratante, en el BOE y, en su caso, en el DOUE de un procedimiento negociado sin publicidad?
-
en los contratos negociados sin publicidad es necesario anuncio de adjudicacion?
-
Es obligatorio recurrir al procedimiento negociado sin publicidad despues de un concurso de proyectos?
-
¿Los contratos negociados sin publicidad han de ser publicados?
-
Sobre un contrato de concesión de servicios por el procedimiento restringido, ¿es preceptiva su publicación en el BOE si su valor estimado es de más de 300.000€?
-
Que tiene que recogerse en la plataforma en el caso de los negociados sin publicidad?
-
los contratos negociados sin publicidad tiene que anunciarse
-
en los contratos negociados del año 2016 es necesiario publicar anuncio de formalizacion en la plaraforma de contratacion?
-
¿cuales son todos los plazos del procedimiento de contratación negociado sin publicidad?