cuando debo incorporar el anuncio de licitación en el portal electrónico
El anuncio de licitación debe incorporarse en el perfil de contratante desde la fecha de su publicación, y en algunos casos, también en el Boletín Oficial del Estado y el Diario Oficial de la Unión Europea.
Los anuncios de licitación para la adjudicación de contratos de las Administraciones Públicas se publicarán en el perfil de contratante. En el caso de contratos celebrados por la Administración General del Estado o entidades vinculadas que gocen de la naturaleza de Administraciones Públicas, el anuncio de licitación también se publicará en el Boletín Oficial del Estado.
Para contratos sujetos a regulación armonizada, la licitación debe publicarse además en el Diario Oficial de la Unión Europea. La fecha de envío del anuncio de licitación debe poder demostrarse, y la Oficina de Publicaciones de la Unión Europea confirmará la recepción y publicación del anuncio, lo cual constituirá prueba de la publicación.
En casos donde el órgano de contratación lo estime conveniente, los procedimientos para la adjudicación de contratos no sujetos a regulación armonizada también podrán ser anunciados en el Diario Oficial de la Unión Europea.
| Publicación | Lugar |
|---|---|
| General | Perfil de contratante |
| Administración General del Estado | Boletín Oficial del Estado |
| Regulación armonizada | Diario Oficial de la Unión Europea |
- Referencias:
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 135
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¿dónde deben publicarse: (i) el anuncio de licitación; (i) la adjudicación del contrato; (ii) la formalización; y (iv) las modificaciones contractuales?
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desde que año es obligatorio publicar la adjudicacion de contratos
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