abono anticipado en tramites de encargos
En los trámites de encargos, el adjudicatario puede recibir un abono anticipado de hasta el 20% del importe total del contrato para financiar operaciones preparatorias, siempre que se asegure mediante una garantía.
El pliego de cláusulas administrativas particulares debe especificar las operaciones preparatorias que son susceptibles de abonos a cuenta, como instalaciones y adquisición de equipo y medios auxiliares. También debe incluir la exigencia de un programa de trabajo, los criterios y la forma de valoración de las operaciones preparatorias, y el plan de amortización de los abonos a cuenta.
El representante del órgano de contratación, tras escuchar al contratista, propondrá el abono concreto que proceda. Además, el contratista tiene derecho a percibir abonos a cuenta por el importe de las operaciones preparatorias de la ejecución del contrato, asegurando estos pagos mediante la prestación de garantía.
| Concepto | Detalle |
|---|---|
| Abono anticipado | Hasta el 20% del importe total del contrato |
| Garantía | Requerida para asegurar el pago |
| Operaciones preparatorias | Incluyen instalaciones y adquisición de equipo |
| Pliego de cláusulas | Debe especificar operaciones, programa de trabajo, criterios de valoración y plan de amortización |
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