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¿Puede haber dos responsables del contrato?

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Sí, puede haber dos responsables del contrato.

En la Ley de Contratos del Sector Público de España, se establece que los órganos de contratación deben designar un responsable del contrato para supervisar su ejecución y asegurar la correcta realización de la prestación pactada. Este responsable puede ser una persona física o jurídica, y puede estar vinculada o ser ajena a la Administración contratante.

Además, es posible designar más de una persona para actuar como responsables del contrato, trabajando de forma conjunta en el seguimiento del mismo. Esta flexibilidad permite que se puedan asignar diferentes áreas de responsabilidad o supervisión a más de un individuo o entidad, lo que puede ser beneficioso para contratos complejos o de gran envergadura.

Las instrucciones y decisiones tomadas por los responsables del contrato forman parte de las obligaciones contractuales, junto con el clausulado y los pliegos. Esto significa que todos los responsables designados tienen la autoridad para supervisar, tomar decisiones y dictar instrucciones necesarias para asegurar la correcta prestación del contrato.

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