Una empresa en su oferta no presenta la documentación acreditativa de los criterios de adjudicación, tal y como se requiere. Es posible que la Mesa requiera esta documentación?
Sí, la Mesa de contratación puede requerir la documentación acreditativa de los criterios de adjudicación si no ha sido presentada inicialmente, siempre que esto no implique una modificación de los elementos fundamentales de la oferta.
La Mesa de contratación tiene la facultad de solicitar precisiones o aclaraciones sobre las ofertas presentadas, así como ajustes o información complementaria, siempre que esto no suponga una modificación de los elementos fundamentales de la oferta o de la licitación pública. Esto es importante para asegurar que la competencia no se falsee y que no haya un efecto discriminatorio.
Además, el órgano o la mesa de contratación pueden pedir a los candidatos o licitadores que presenten la totalidad o una parte de los documentos justificativos cuando existan dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración presentada. Esto es necesario para el buen desarrollo del procedimiento y debe realizarse antes de adjudicar el contrato.
Es importante destacar que si el empresario está inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en una base de datos nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, y estos registros son accesibles de modo gratuito, no estará obligado a presentar los documentos justificativos u otra prueba documental de los datos inscritos.
- Referencias:
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 140. Presentación de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 157. Examen de las proposiciones y propuesta de adjudicación
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 176. Presentación, examen de las ofertas y adjudicación
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