De acuerdo con la LCSP, cabe concertar un convenio cuyo objeto sea la provisión de suministros entre una Diputación y una Universidad pública?
Sí, es posible concertar un convenio cuyo objeto sea la provisión de suministros entre una Diputación y una Universidad pública, siempre que se cumplan ciertas condiciones establecidas en la normativa de contratación pública.
En el contexto de la Ley de Contratos del Sector Público, los convenios entre entidades del sector público, como una Diputación y una Universidad pública, pueden ser utilizados para la provisión de suministros. Sin embargo, estos convenios deben cumplir con los principios de transparencia, igualdad y no discriminación, y deben estar debidamente justificados en cuanto a su necesidad y conveniencia.
Además, es importante que el convenio no se utilice para eludir la aplicación de la normativa de contratación pública. Esto significa que, aunque se trate de un acuerdo entre entidades públicas, se deben respetar los procedimientos y límites establecidos para los contratos de suministros, especialmente en lo que respecta a los umbrales económicos y los procedimientos de adjudicación.
En el caso de las Universidades públicas, existen disposiciones específicas que permiten cierta flexibilidad en la contratación, siempre que se respeten los principios generales de la normativa de contratación pública. Esto incluye la posibilidad de establecer acuerdos de colaboración con otras entidades públicas para la provisión de suministros, siempre que se justifique adecuadamente.
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