simplificado abreviado
El procedimiento simplificado abreviado, también conocido como contrato supersimplificado, es una modalidad de contratación pública que busca agilizar los plazos de licitación y adjudicación, así como reducir los requisitos documentales y procedimentales, sin menoscabar los principios de igualdad y concurrencia entre operadores económicos.
El procedimiento simplificado abreviado se puede aplicar a contratos de obras, suministros y servicios, pero excluye los contratos de concesión de servicios, concesión de obra pública y el contrato de asociación para la innovación. Los contratos deben cumplir ciertos límites cuantitativos o umbrales económicos específicos.
Entre las características principales del procedimiento simplificado abreviado se encuentran:
- Publicidad: El anuncio de licitación debe publicarse en el perfil del contratante del órgano de contratación, y toda la documentación necesaria debe estar disponible por medios electrónicos desde el día de la publicación.
- Plazos: El plazo para presentar proposiciones no puede ser inferior a 10 días hábiles desde la publicación del anuncio, aunque para compras corrientes de bienes disponibles en el mercado, el plazo es de 5 días hábiles.
- Inscripción en ROLECE: Es necesaria la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público (ROLECE) o en el registro autonómico equivalente.
- Oferta en sobre único: La oferta se presenta en un único sobre o archivo electrónico y se evalúa con criterios de adjudicación cuantificables mediante fórmulas establecidas en los pliegos.
- Mesa de contratación: La constitución de la mesa de contratación es potestativa. La valoración de las ofertas puede efectuarse automáticamente mediante dispositivos informáticos o con la colaboración de una unidad técnica.
- Garantía definitiva: No se exige la constitución de una garantía definitiva por parte de los licitadores.
- Accesibilidad: Las ofertas y la documentación relativa a la valoración deben ser accesibles de forma abierta por medios informáticos sin restricción alguna desde el momento en que se notifique la adjudicación del contrato.
- Formalización del contrato: La formalización del contrato puede efectuarse mediante la firma de aceptación por el contratista de la resolución de adjudicación.
Tabla de Plazos:
| Tipo de Contrato | Plazo mínimo para presentar proposiciones |
|---|---|
| General | 10 días hábiles |
| Compras corrientes de bienes disponibles en el mercado | 5 días hábiles |
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