cuándo se utiliza la figura de los libramientos a justificar
Los libramientos a justificar se utilizan en situaciones donde es necesario realizar pagos anticipados para actividades específicas, como cursos de formación, seminarios, conferencias y otras actividades similares, especialmente cuando estas son realizadas por personas físicas.
En este tipo de contratos, la Ley de Contratos del Sector Público no se aplica a la preparación y adjudicación del contrato. Esto permite una mayor flexibilidad en la gestión de estos pagos, facilitando la ejecución de actividades que requieren una rápida disposición de fondos.
Además, en estos contratos se puede establecer el pago parcial anticipado, siempre que el contratista constituya una garantía. Sin embargo, no se permite la cesión de este pago, asegurando que los fondos se utilicen exclusivamente para el propósito previsto.
Para acreditar la existencia de estos contratos, basta con la designación o nombramiento por la autoridad competente, simplificando así el proceso administrativo y permitiendo una gestión más ágil de los recursos.
- Referencias:
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 310