Contrato de obra
Un contrato de obra en el contexto de la Ley de Contratos del Sector Público de España es un acuerdo que tiene por objeto la ejecución de una obra o la realización de trabajos de construcción o ingeniería civil que cumplan una función económica o técnica en un bien inmueble.
Los contratos de obra pueden incluir la ejecución de una obra completa o de partes definidas de una obra, siempre que estas partes sean susceptibles de utilización independiente. Estos contratos deben referirse a una obra completa, que es aquella susceptible de ser entregada al uso general o al servicio correspondiente.
La adjudicación de un contrato de obras requiere la elaboración, supervisión, aprobación y replanteo del proyecto correspondiente. En caso de adjudicación conjunta de proyecto y obra, la ejecución queda condicionada a la supervisión y aprobación del proyecto.
La ejecución de las obras debe realizarse conforme a las estipulaciones del pliego de cláusulas administrativas y al proyecto base del contrato. Durante la ejecución y hasta el cumplimiento del plazo de garantía, el contratista es responsable de los defectos que puedan advertirse en la construcción.
El procedimiento de adjudicación generalmente se realiza mediante el procedimiento abierto, con diferentes modalidades según el valor estimado del contrato. Para contratos de obra que superen un valor estimado de 5.538.000€, están sometidos a regulación armonizada.
Las certificaciones de obra son documentos emitidos mensualmente que detallan la obra ejecutada en el período y constituyen la base para la facturación. El pago de estas certificaciones se realiza como abonos a cuenta y no implica la recepción y aprobación de las obras ejecutadas.
Al finalizar la obra, se realiza un acta de recepción y comienza el plazo de garantía, que no puede ser inferior a un año. Si las obras no están en condiciones de ser recibidas, se otorgará un plazo para la enmienda de los defectos detectados.
| Concepto | Detalle |
|---|---|
| Objeto del contrato | Ejecución de una obra o trabajos de construcción/ingeniería civil |
| Adjudicación | Requiere elaboración, supervisión, aprobación y replanteo del proyecto |
| Ejecución | Conforme a pliego de cláusulas y proyecto base |
| Responsabilidad del contratista | Defectos durante ejecución y plazo de garantía |
| Procedimiento de adjudicación | Generalmente mediante procedimiento abierto |
| Valor estimado para regulación | Contratos superiores a 5.538.000€ |
| Certificaciones de obra | Documentos mensuales para facturación, no implican recepción de obras |
| Acta de recepción | Realizada al finalizar la obra, inicia plazo de garantía |
**- [Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 13; URL: https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/13]
- [Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 238; URL: https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/238]
- [Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 231; URL: https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/231]
- [Blog de Gobierto - Contrato de obras; URL: https://www.gobierto.es/blog/contrato-de-obras]
- [Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 253; URL: https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/253]
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