¿Quién excluye a una empresa licitadora, la mesa de contratación o el órgano de contratación?
La exclusión de una empresa licitadora es una decisión que puede tomar la mesa de contratación, pero siempre bajo ciertas condiciones y siguiendo un procedimiento específico.
Por una parte, la mesa de contratación, como órgano de asistencia técnica especializada, tiene entre sus funciones la calificación de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos y, en su caso, puede acordar la exclusión de los candidatos o licitadores que no acrediten dicho cumplimiento, siempre que se haya dado previamente un trámite de subsanación.
En la valoración del contenido de las ofertas, también es competente la mesa de contratación para excluir a empresas licitadoras, salvo en los casos de anormalidad, en fase de selección candidatos de licitaciones con negociación, procedimientos restringidos, concursos proyectos y SDA.
- Referencias:
- Ley de Contratos del Sector Público
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¿Qué funciones tiene la mesa de contratación?
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¿Procede la exclusión por anticipar un certificado de buena ejecución?
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¿Es obligatorio convocar una mesa para revisar la documentación de la empresa pospuesta como adjudicataria?
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INCOMPATIBILIDAD PARA LICITAR A UN CONTRATO CUYO REDACTOR DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS ES EL MISMO
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¿cuándo se debe notificar la exclusión de un licitador?