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Pero son 15 días hábiles lo que se puede o no se puede efectuar el recurso hasta que al menos hayan pasado 15 días hábiles

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El recurso se debe interponer dentro de los 15 días hábiles desde que se tiene conocimiento del acto que se quiere impugnar, no es necesario esperar a que pasen 15 días hábiles para interponerlo.

El procedimiento de recurso se inicia mediante un escrito que debe presentarse en un plazo de 15 días hábiles. Este plazo comienza a contar desde el día siguiente a la publicación o notificación del acto que se desea impugnar, dependiendo del tipo de acto.

A continuación, se detalla el cómputo del plazo de 15 días hábiles para diferentes situaciones:

Situación Inicio del cómputo del plazo
Anuncio de licitación Día siguiente a su publicación en el perfil del contratante
Contenido de los pliegos o contrato Día siguiente a la publicación del anuncio de licitación
Actos de trámite en el procedimiento de adjudicación Día siguiente al conocimiento de la posible infracción
Adjudicación del contrato Día siguiente a la notificación de la adjudicación
Modificación del contrato Día siguiente a la publicación de la modificación
Encargo a medio propio Día siguiente a su publicación en el perfil del contratante

En el caso de que el recurso se funde en causas de nulidad específicas, el plazo puede extenderse a 30 días desde la publicación de la formalización del contrato o antes de que transcurran 6 meses desde la formalización del contrato.

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