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cual es el efecto fundamental de la extincion del contrato por cumplimiento del plazo fijado

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El efecto fundamental de la extinción del contrato por cumplimiento del plazo fijado es la finalización de las obligaciones contractuales entre la Administración y el contratista, dando por satisfecho el objeto del contrato según los términos y condiciones establecidos inicialmente.

Cuando un contrato del sector público llega a su término según el plazo estipulado, se entiende que todas las prestaciones que fueron objeto del contrato han sido ejecutadas satisfactoriamente. Esto implica que el contratista ha cumplido con la entrega de bienes o la prestación de servicios dentro del marco temporal acordado, y la Administración ha realizado los pagos correspondientes, cumpliendo así con las condiciones pactadas.

Este cumplimiento del plazo establecido lleva a la extinción natural del contrato, sin necesidad de una acción adicional por parte de la Administración o el contratista para dar por finalizada la relación contractual. Es un proceso esperado y planificado que concluye con la satisfacción de las necesidades que dieron origen al contrato, sin perjuicio de las responsabilidades que puedan surgir posteriormente por garantías o vicios ocultos.

La extinción del contrato por esta causa no implica penalizaciones ni sanciones para ninguna de las partes, siempre y cuando se haya cumplido con todas las obligaciones contractuales. Es importante destacar que, aunque el contrato se extinga por el cumplimiento del plazo, ciertas obligaciones, especialmente aquellas relacionadas con garantías o mantenimiento post-contrato, pueden permanecer vigentes según lo estipulado en los pliegos o el contrato mismo.

Referencias - Ley de Contratos del Sector Público; https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico

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