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cabe resolver el contrato por incumplimiento de clausulas sobre subcontratación

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Sí, cabe resolver el contrato por incumplimiento de cláusulas sobre subcontratación.

La Ley de Contratos del Sector Público permite que el órgano de contratación resuelva un contrato si el contratista incumple las condiciones establecidas en el mismo, incluyendo aquellas relacionadas con la subcontratación. Este incumplimiento puede ser considerado como un incumplimiento parcial o un cumplimiento defectuoso de las obligaciones contractuales.

Cuando se produce un incumplimiento de las cláusulas sobre subcontratación, la Administración tiene la opción de resolver el contrato o imponer penalidades al contratista. Las penalidades deben ser proporcionales a la gravedad del incumplimiento y no pueden exceder el 10% del precio del contrato, ni el total de las mismas superar el 50% del precio del contrato.

En caso de resolución del contrato por este motivo, el contratista podría perder la garantía y estar obligado a indemnizar a la Administración, dependiendo de las circunstancias específicas del caso y de lo establecido en los pliegos del contrato.

Concepto Detalle
Penalidad máxima por incumplimiento 10% del precio del contrato (por cada penalidad)
Penalidad total máxima 50% del precio del contrato
    Referencias:
- [Ley de Contratos del Sector Público - Incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso.; URL: https://contratos.gobierto.es/normativa/ley-contratos-sector-publico/192]
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