¿Cuándo una oferta es anormalmente baja?
Una oferta es anormalmente baja cuando el precio ofertado es significativamente inferior al precio estimado para la contratación. Esto se determina mediante una comparación entre el precio ofertado y el precio estimado, teniendo en cuenta los criterios de evaluación establecidos en el pliego de condiciones. Si el precio ofertado es significativamente inferior al precio estimado, el órgano de contratación debe notificar al oferente para que aclare la oferta. Si el oferente no aclara la oferta, el órgano de contratación debe rechazarla.
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¿cuando es oferta anormalmente baja?
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¿cuando es una oferta anormalmente baja?
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en qué artículo del reglamento se regulan las ofertas anormalmente bajas?
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Se puede rectificar una oferta cuando se requiere la justificación de una oferta anormalmente baja
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cuando la oferta de una licitadora es extraordinariamente baja en relación a la de otras, se puede excluir directamente?
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si una licitadora presenta una oferta anormalmente baja y aclara posteriormente que fue una mala interpretación del pliego, se le excluye directamente?
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¿Cómo se identifica y resuelve una oferta anormalmente baja?
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¿Cómo se puede justificar el uso del precio exclusivamente para determinar ofertas anormalmente bajas?
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Si el organzo de contractació no revisa debidamente una baja temeraria que puede ocurrir?
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¿cuánto puede tardar la justificación de una bajada de precio temeraria?