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firma con reserva expresa del contratista del acta de comprobacion de las obras efectivamente realizadas

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La firma con reserva expresa del contratista en el acta de comprobación de las obras implica que el contratista ha identificado observaciones o discrepancias respecto a las obras realizadas, las cuales pueden afectar la ejecución del contrato.

Cuando se firma un acta de comprobación de las obras con reservas, el contratista está manifestando que existen aspectos que, a su juicio, no cumplen con las condiciones establecidas en el contrato. Estas reservas deben ser consideradas por la dirección de la obra, quien decidirá si se procede con la continuación de las obras o si se suspende su inicio hasta que se resuelvan las discrepancias.

Si las reservas formuladas por el contratista son consideradas infundadas por el órgano de contratación, no se suspenderá la iniciación de las obras. En este caso, no será necesario dictar un nuevo acuerdo para iniciar las obras ni modificar el cómputo del plazo para su ejecución.

En el caso de que las reservas sean justificadas, la iniciación de las obras quedará suspendida hasta que el órgano de contratación adopte la resolución correspondiente. Durante este período, se computará un plazo de seis meses para resolver las causas que impidieron la iniciación de las obras.

Tabla de Plazos:

Situación Acción Plazo
Reservas infundadas Continuación de obras Inmediato
Reservas justificadas Suspensión de obras Hasta 6 meses

**- [Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas - Artículo 140. Acta de comprobación del replanteo y sus efectos.; URL: https://contratos.gobierto.es/normativa/reglamento-contratos-administraciones-publicas/140]

  • [Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas - Artículo 139. Comprobación del replanteo.; URL: https://contratos.gobierto.es/normativa/reglamento-contratos-administraciones-publicas/139]
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