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en qué artículo de la ley 9/2017, se tratan los precios contradictorios

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La Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, no especifica directamente un artículo dedicado a "precios contradictorios". Sin embargo, aborda la revisión y determinación de precios en los contratos del sector público, lo cual puede estar relacionado con la gestión de discrepancias o ajustes en los precios de los contratos.

La ley establece que los precios de los contratos del sector público deben ser ciertos y se abonarán al contratista en función de la prestación realmente ejecutada y de acuerdo con lo pactado. Se incluye el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) como una partida independiente dentro del precio. Además, se menciona que el precio debe ser adecuado para el efectivo cumplimiento del contrato, lo cual implica una correcta estimación de su importe, atendiendo al precio general de mercado.

En cuanto a la revisión de precios, se especifica que solo podrán ser objeto de revisión periódica y predeterminada en ciertos contratos, como los de obra, suministros de fabricación de armamento y equipamiento de las Administraciones Públicas, suministro de energía, y aquellos otros contratos en los que el período de recuperación de la inversión sea igual o superior a cinco años. La ley también detalla cómo se debe establecer el derecho a revisión periódica y predeterminada de precios y la fórmula de revisión aplicable.

Por otro lado, se prohíbe el pago aplazado del precio en los contratos de las Administraciones Públicas, excepto en casos específicamente autorizados por la ley.

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