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importe menor obras

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El importe máximo para considerar un contrato como menor en el caso de obras es de 40.000 euros.

Los contratos menores son aquellos que, debido a su valor estimado, pueden adjudicarse de manera directa sin necesidad de un procedimiento de licitación abierto o restringido. En el ámbito de las obras, este tipo de contratos se define por tener un valor estimado inferior a un umbral específico. Este umbral se establece para garantizar que los contratos de menor cuantía puedan tramitarse de manera más ágil y sencilla, facilitando así la contratación de necesidades específicas y urgentes de la administración pública.

Tipo de Contrato Importe Máximo
Obras 40.000 euros

Es importante destacar que, a pesar de la agilidad que ofrecen los contratos menores, estos deben cumplir con ciertos requisitos para asegurar la transparencia y la justificación adecuada de la necesidad del contrato. Esto incluye la emisión de un informe del órgano de contratación que justifique la necesidad del contrato y que confirme que no se está alterando su objeto para evitar la aplicación de los umbrales establecidos.

Además, para los contratos menores de obras, se requiere la inclusión del presupuesto de las obras y, en caso de que el trabajo afecte a la estabilidad, seguridad o estanqueidad de la obra, se solicitará también el informe de las oficinas o unidades de supervisión correspondientes.

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