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en un contrato de varios años, el presupuesto base de licitacion debe incluir la previsión de incrementos en los costes debidos al ipc u otras variaciones

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No, el presupuesto base de licitación no debe incluir explícitamente la previsión de incrementos en los costes debidos al IPC u otras variaciones económicas. Sin embargo, debe ser adecuado a los precios del mercado y contemplar los costes directos e indirectos y otros gastos calculados para su determinación.

El presupuesto base de licitación se define como el límite máximo de gasto que puede comprometer el órgano de contratación, incluyendo el Impuesto sobre el Valor Añadido, salvo disposición en contrario. Este presupuesto debe ser elaborado de manera que sea adecuado a los precios del mercado en el momento de su elaboración, desglosando los costes directos e indirectos y otros eventuales gastos calculados para su determinación. Esto implica una estimación inicial de costes que debe ser realista y ajustada a las condiciones del mercado en el momento de la licitación.

En cuanto a la variación de precios durante la ejecución del contrato, la Ley de Contratos del Sector Público contempla la posibilidad de revisar los precios fijados en los contratos públicos para ajustarlos, al alza o a la baja, en función de las variaciones económicas de costes que ocurran durante la ejecución del contrato. Esto permite adaptar el contrato a las circunstancias económicas sin necesidad de incluir previsiones específicas sobre el IPC u otras variaciones en el presupuesto base de licitación.

Además, la ley permite la inclusión de cláusulas de variación de precios en función del cumplimiento o incumplimiento de determinados objetivos, lo que ofrece un mecanismo adicional para gestionar las variaciones económicas que puedan afectar al contrato.

En resumen, aunque el presupuesto base de licitación debe ser realista y adecuado a los precios del mercado en el momento de su elaboración, la ley prevé mecanismos para ajustar los precios durante la ejecución del contrato, lo que incluye la posibilidad de revisarlos en función de variaciones económicas como el IPC.

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