concesión servicio Anexo IV, los criterios de calidad deben ser el 51%
Sí, en los contratos de servicios del Anexo IV, los criterios relacionados con la calidad deben representar al menos el 51% de la puntuación asignable en la valoración de las ofertas.
En los procedimientos de licitación de contratos de concesión de servicios que figuran en el Anexo IV, es fundamental que los órganos de contratación velen por la calidad de los servicios en todas sus fases. Esto incluye garantizar la continuidad, accesibilidad, asequibilidad, disponibilidad y exhaustividad de los servicios, así como atender a las necesidades específicas de los distintos grupos de usuarios, incluidos los desfavorecidos y vulnerables.
Al establecer los criterios de adjudicación de estos contratos, los órganos de contratación pueden referirse a aspectos como la experiencia del personal en la prestación de servicios a sectores desfavorecidos, la reinversión de beneficios en la mejora de los servicios, y la participación e información de los usuarios.
En los contratos de servicios del Anexo IV, los criterios relacionados con la calidad deben representar al menos el 51% de la puntuación asignable en la valoración de las ofertas. Esto asegura que la calidad sea un factor preponderante en la adjudicación, más allá del precio o coste.
-
criterios cualitativos en anexo IV
-
En contrato incluido en ANNEXO IV de LCSP, se debe limitar obligatoriamente la puntación económica al 49%. Ya que se han de aplicar un 51% a criterios de calidad?
-
en los contratos de servicio del Anexo IV de la LCSP los criterios relacionados con la calidad deberán representar el 51 % de la puntuación en la valoración de las ofertas?
-
porcentaje de criterios evaluables mediante juicio de valor en contrato de servicios con componente intelectual
-
porcentaje de criterios con juicio de valor en contrato de servicios con valor intelectual