que son los abonos
Los abonos son pagos anticipados que se realizan al contratista durante la ejecución de un contrato de obra pública, para financiar materiales, instalaciones, equipos y operaciones preparatorias necesarias para la obra.
Los abonos a cuenta por materiales acopiados permiten al contratista recibir hasta el 75% del valor de los materiales necesarios para la obra, siempre que se cumplan ciertos requisitos, como la posesión de los materiales y su almacenamiento seguro. Estos abonos se pueden incluir en la relación valorada mensual o en una independiente.
En cuanto a las instalaciones y equipos, el contratista puede recibir abonos a cuenta basados en la amortización proporcional de estos elementos. El abono para instalaciones no puede superar el 50% de los gastos generales pendientes de certificar, y para equipos, el 20% de las unidades de obra restantes por ejecutar.
Los abonos a cuenta por operaciones preparatorias permiten al adjudicatario recibir hasta el 20% del importe total del contrato al inicio de su ejecución. Este tipo de abono está destinado a financiar las operaciones preparatorias, como instalaciones y adquisición de equipos, y requiere la prestación de una garantía.
A continuación, se presenta una tabla con los porcentajes máximos de abono a cuenta permitidos:
Concepto | Porcentaje Máximo de Abono |
---|---|
Materiales Acopiados | 75% |
Instalaciones | 50% de gastos generales |
Equipos | 20% de unidades de obra |
Operaciones Preparatorias | 20% del importe total |
- Referencias:
- Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas - Artículo 155
- Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas - Artículo 156
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 240
- Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas - Artículo 201