qué plazo se da a un licitador que presenta oferta anormalmente baja?
El plazo que se concede a un licitador para justificar una oferta anormalmente baja es un plazo razonable, determinado por el órgano de contratación o la mesa de contratación.
Cuando una oferta es identificada como anormalmente baja, el órgano de contratación o la mesa de contratación debe requerir al licitador que la presentó para que justifique la viabilidad de su oferta. Este requerimiento debe incluir un plazo suficiente para que el licitador pueda presentar una justificación detallada y razonada del bajo nivel de precios o costes de su oferta.
El plazo exacto no está definido de manera específica en la normativa, sino que se establece como un "plazo razonable". Esto significa que el tiempo concedido debe ser suficiente para que el licitador pueda recopilar y presentar toda la información necesaria que demuestre la viabilidad de su oferta.
La justificación debe abordar aspectos como el ahorro en el procedimiento de fabricación, las soluciones técnicas adoptadas, las condiciones favorables para la prestación del servicio, la innovación en las soluciones propuestas, y el respeto a las normativas medioambientales, sociales o laborales. Además, si la oferta se basa en una ayuda de Estado, el licitador debe demostrar que esta se ha concedido conforme a las disposiciones comunitarias.
En resumen, aunque no se especifica un número exacto de días, el plazo debe ser suficiente para permitir una justificación completa y detallada, asegurando así que el proceso de evaluación sea justo y transparente.
- Referencias:
- Blog de Gobierto - Oferta anormalmente baja o baja temeraria
- Blog de Gobierto - 10 minutos para no liarla con las bajas temerarias: charla con Juan Carlos García Melián
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 149
- Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas - Artículo 85
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