Haz preguntas sobre tus dudas de contratación pública y te damos una respuesta personalizada a partir de nuestra base de conocimiento

Haz tu pregunta
Hemos estrenado Gobierto Asistente: Comienza a utilizarlo para tener un histórico de tus preguntas, continuar conversaciones, recibir sugerencias de preguntas... y muy pronto, preguntar al Asistente por cualquier tema de Gobierto.

¿Debe incluirse garantía definitiva en los procedimientos abiertos simplificados abreviados?

Esta pregunta ha sido revisada por un humano

No se requiere la constitución de garantía definitiva en los procedimientos abiertos simplificados abreviados.

En los contratos de obras con un valor estimado inferior a 80.000 euros, y en contratos de suministros y servicios con un valor estimado inferior a 60.000 euros, no se exigirá la constitución de garantía definitiva. Esto se aplica a los procedimientos abiertos simplificados abreviados, exceptuando aquellos que tengan por objeto prestaciones de carácter intelectual que no se pueden licitar mediante este procedimiento.

El procedimiento abierto simplificado abreviado permite una tramitación más ágil y sencilla, eximiendo a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica, financiera, técnica o profesional, y no requiere la constitución de garantía definitiva.

Ayúdanos a mejorar ¿Qué tal la respuesta?