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Qué porcentaje se aplica como gastos generales y de beneficio industrial de un contrato de servicios?

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El porcentaje aplicable como gastos generales y de beneficio industrial en un contrato de servicios es del 6% del precio de adjudicación del contrato, IVA excluido.

Cuando se produce la resolución de un contrato de servicios por desistimiento una vez iniciada la prestación del servicio o por la suspensión del contrato por un plazo superior a ocho meses, el contratista tiene derecho a percibir una indemnización que incluye el concepto de beneficio industrial. Esta indemnización se calcula como el 6% del precio de adjudicación del contrato de los servicios que no se llegaron a prestar debido a la resolución del contrato.

Es importante destacar que este porcentaje se aplica sobre la diferencia entre los servicios inicialmente previstos en el contrato y sus modificaciones aprobadas, y los servicios que efectivamente se hayan prestado hasta la fecha de notificación del desistimiento o de la suspensión.

Concepto Porcentaje
Gastos generales y beneficio industrial 6%
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