en caso de recurso especial no se podra formalizar el contrato ahasta que trancurran 15 días
En caso de interposición de un recurso especial en materia de contratación, no se podrá formalizar el contrato hasta que transcurra el plazo de 15 días hábiles desde la notificación de la resolución del recurso, o desde que este se considere desestimado por silencio administrativo.
Cuando se interpone un recurso especial en materia de contratación, se activa una suspensión automática del procedimiento de adjudicación. Esta suspensión se mantiene hasta que se resuelva el recurso o hasta que se levante la suspensión de manera expresa.
El órgano competente para resolver el recurso debe notificar su resolución a todos los interesados. Si la resolución no se notifica en el plazo establecido, el recurso se considerará desestimado por silencio administrativo, permitiendo al interesado interponer un recurso contencioso-administrativo.
La formalización del contrato no puede llevarse a cabo hasta que transcurra el plazo de 15 días hábiles desde la notificación de la resolución del recurso o desde que se considere desestimado por silencio administrativo. Este plazo permite a los interesados evaluar la resolución y decidir si desean impugnarla ante los tribunales.
Concepto | Detalle |
---|---|
Plazo para formalizar el contrato | 15 días hábiles desde la notificación de la resolución del recurso o desde que se considere desestimado por silencio administrativo |
- Referencias:
-
¿Cual es el plazo para presentar un recurso en materia de contratacion?
-
tiempo para interponer el recurso en cada momento
-
¿Qué recursos se pueden interponer y en qué plazos?
-
¿Cuál es el plazo para formalizar un contrato público?
-
cuantos hay para interponer recurso, antes de la adjudicacion de un contrato publico?
-
plazo para interponer el recurso especial contra los pliegos y los documentos contractuales
-
PLAZO PRESENTACIÓN RECURSO CONTRACTUAL
-
cual es el plazo del recurso especial en materia de contratacion
-
Cómo recurro una adjudicación
-
que plazos hay para formalizar?