importe armonizado en concesion de servicios
El importe armonizado en una concesión de servicios se refiere al precio que se establece para la prestación de los servicios objeto de la concesión. Esta contrapartida puede estar constituida por el derecho a explotar los servicios o por el derecho a explotar los servicios acompañado del de percibir un precio. El concesionario está obligado a prestar el servicio con estricta sujeción a las características establecidas en el contrato y dentro de los plazos señalados en el mismo. La Administración conservará los poderes de policía necesarios para asegurar la buena marcha de los servicios. Las concesiones de servicios únicamente podrán ser objeto de hipoteca en los casos en que conlleven la realización de obras o instalaciones fijas necesarias para la prestación del servicio, y exclusivamente en garantía de deudas que guarden relación con la concesión. El concesionario estará sujeto al cumplimiento de diversas obligaciones, como la prestación del servicio con la continuidad convenida, el cuidado del buen orden del servicio, el respeto al principio de no discriminación, entre otras. Para racionalizar y ordenar la adjudicación de contratos las Administraciones Públicas podrán concluir acuerdos marco, articular sistemas dinámicos, o centralizar la contratación de obras, servicios y suministros en servicios especializados.
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Cual es el régimen jurídico de las concesiones de servicios?
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cuando la ley de contratos habla del anexo cuarto, habla de servicios como de concesiones de servicios?