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CONTRATO SEGURO RESPONSABILIDAD CIVIL EN EDIFICIO ADMINISTRATIVO del Ayuntamiento como tomador de la póliza, de un seguro de responsabilidad civil. ¿Tipo contrato?

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El contrato de seguro de responsabilidad civil para un edificio administrativo del Ayuntamiento, donde el Ayuntamiento actúa como tomador de la póliza, se clasifica como un contrato de servicios.

En el contexto de la Ley de Contratos del Sector Público de España, los contratos de seguros se consideran contratos de servicios. Esto se debe a que implican la prestación de un servicio por parte de la aseguradora, que en este caso es la cobertura de responsabilidad civil para el edificio administrativo.

Para determinar el procedimiento de adjudicación adecuado, es importante considerar los umbrales económicos establecidos. Según los umbrales actualizados, los contratos de servicios que no superen los 221.000 euros pueden utilizar procedimientos como el abierto simplificado o el abierto simplificado abreviado, dependiendo del importe específico.

Procedimiento Umbral Máximo Servicios
Abierto simplificado ≤ 143.000€
Abierto simplificado abreviado < 60.000€

El Ayuntamiento, como tomador de la póliza, debe asegurarse de que el contrato cumpla con todos los requisitos legales y procedimentales, incluyendo la obtención de las garantías necesarias y la verificación de que la aseguradora cumpla con las condiciones establecidas para operar en España.

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