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a partir de que importe es obligatorio publicar en el perfil del contratante
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Es obligatorio publicar en el perfil de contratante la información relativa a los contratos cuya adjudicación supere los 5.000 euros, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido. La información a publicar para este tipo de contratos es, al menos, su objeto, duración, el presupuesto base de licitación y el importe de adjudicación. Asimismo, la formalización de los encargos a medios propios cuyo importe sea superior a 50.000 euros, IVA excluido, deberá ser objeto de publicación en el perfil de contratante. La información a publicar para este tipo de encargos será, al menos, su objeto, duración, las tarifas aplicables y la identidad del medio propio destinatario del encargo.
- Referencias:
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 63
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