si una licitadora presenta una oferta anormalmente baja y aclara posteriormente que fue una mala interpretación del pliego, se le excluye directamente?
En el caso de que una licitadora presente una oferta anormalmente baja y justifique que se debe a una mala interpretación del pliego, no se le excluye directamente. Debe darse un procedimiento para que la licitadora justifique la viabilidad de su oferta.
Cuando una oferta se identifica como anormalmente baja, el órgano de contratación debe requerir al licitador que la haya presentado para que justifique el bajo nivel de los precios o costes. La licitadora tiene derecho a explicar y desglosar razonada y detalladamente las razones de su oferta económica, incluyendo la posibilidad de haber interpretado mal los pliegos.
La justificación presentada por la licitadora será evaluada por el órgano de contratación, que deberá solicitar asesoramiento técnico si lo considera necesario. La oferta no será excluida si la justificación es completa y se basa en prácticas adecuadas desde el punto de vista técnico, jurídico o económico. Sin embargo, si la justificación es incompleta o se basa en hipótesis o prácticas inadecuadas, la oferta puede ser rechazada.
En el caso de que la justificación no sea satisfactoria y no explique de manera adecuada el bajo nivel de los precios o costes propuestos, el órgano de contratación excluirá la oferta de la clasificación y procederá con la adjudicación a favor de la mejor oferta conforme al orden de clasificación establecido.
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