Puedes explicarme en que consisten las modificaciones previstas y las no previstas
Las modificaciones previstas en los contratos públicos son aquellas detalladas en los pliegos de condiciones desde el inicio, mientras que las no previstas surgen de circunstancias imprevistas y requieren justificación adicional.
Las modificaciones previstas son aquellas que se han especificado claramente en los pliegos de condiciones del contrato. Estas modificaciones deben estar descritas de manera precisa, incluyendo su alcance, condiciones y límites. El límite máximo para estas modificaciones es del 20% del precio inicial del contrato. Es importante que estas modificaciones no alteren la naturaleza del contrato original ni introduzcan nuevos precios unitarios no previstos.
Por otro lado, las modificaciones no previstas no están detalladas en los pliegos de condiciones y surgen de situaciones imprevistas. Para que estas modificaciones sean válidas, deben justificarse adecuadamente y cumplir con ciertos requisitos, como la necesidad de añadir obras, servicios o suministros adicionales que no puedan ser adquiridos de otro contratista por razones técnicas o económicas. Además, estas modificaciones no deben alterar la naturaleza global del contrato y no pueden exceder, en conjunto, el 50% del precio inicial del contrato.
Tipo de Modificación | Límite Máximo | Condiciones |
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Previstas | 20% del precio inicial | Detalladas en pliegos, no alteran la naturaleza del contrato |
No previstas | 50% del precio inicial | Justificación necesaria, no alteran la naturaleza global del contrato |
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puedes poner ejemplos de modificaciones previstas y no previstas
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Cuánto pueden ser las modificaciones no previstas de un contrato
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¿Porcentaje total del precio que me puedo pasar sobre la modificación de un contrato de servicios?
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modificación de los pliegos variando valor estimado y duración
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Cuales son los casos de modificacion no prevista