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criterios de adjudicación contratos obras. criterios adicionales

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Los criterios de adjudicación en los contratos de obras pueden incluir tanto aspectos económicos como cualitativos, siendo posible la consideración de criterios adicionales que refuercen la calidad, la sostenibilidad y la innovación del proyecto.

Los criterios de adjudicación en los contratos de obras se dividen en dos grandes categorías: criterios económicos y criterios cualitativos. Los criterios económicos se centran en el precio o coste del proyecto, incluyendo el coste del ciclo de vida. Por otro lado, los criterios cualitativos pueden abarcar una amplia gama de aspectos, como la calidad técnica, las características estéticas y funcionales, la accesibilidad, la sostenibilidad medioambiental, la integración social, la igualdad de género, y la innovación, entre otros.

Es importante destacar que, además de estos criterios, se pueden considerar criterios adicionales específicos para los contratos de obras. Estos pueden incluir la eficiencia energética, el uso de tecnologías avanzadas, la minimización del impacto ambiental, y la promoción de la inserción laboral de colectivos desfavorecidos. Estos criterios adicionales deben estar claramente vinculados al objeto del contrato y contribuir a la obtención de obras de alta calidad que satisfagan las necesidades de la administración pública de manera eficiente y sostenible.

La Ley de Contratos del Sector Público establece que, en la adjudicación de contratos, se debe buscar la mejor relación calidad-precio, evaluando las ofertas no solo en términos de coste económico sino también considerando su valor técnico y social. Esto implica que, en los contratos de obras, los órganos de contratación tienen la posibilidad de valorar positivamente las propuestas que, además de ser económicamente ventajosas, aporten soluciones innovadoras y sostenibles que mejoren la calidad y eficiencia de las obras públicas.

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