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acreditación de la solvencia económica y financiera en contratos de servicios.

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La acreditación de la solvencia económica y financiera en contratos de servicios se realiza mediante diversos medios, entre los que se incluyen el volumen anual de negocios, la existencia de un seguro de responsabilidad civil, el patrimonio neto o la ratio entre activos y pasivos, y para ciertos casos, se pueden establecer medios alternativos. Estos criterios deben ser proporcionales al objeto del contrato y no suponer un obstáculo para la participación de las PYMEs.

Para la acreditación de la solvencia económica y financiera en contratos de servicios, el órgano de contratación puede elegir uno o varios medios. Estos medios incluyen:

  • Volumen anual de negocios: Este criterio se refiere al volumen anual de negocios del empresario, que debe ser igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en los pliegos del contrato. El volumen de negocios mínimo anual exigido no debe exceder de una vez y media el valor estimado del contrato, salvo en casos justificados.

  • Seguro de responsabilidad civil: Se puede requerir justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por un importe igual o superior al exigido.

  • Patrimonio neto o ratio entre activos y pasivos: Este criterio se basa en el patrimonio neto o en la ratio entre activos y pasivos al cierre del último ejercicio económico, por un importe igual o superior al exigido.

  • Medios alternativos para concesiones: Para contratos de concesión de obras y de servicios, o aquellos que incluyan inversiones relevantes, se pueden establecer medios de acreditación alternativos.

La acreditación documental de la solvencia económica y financiera se efectuará mediante la aportación de certificados y documentos específicos, como certificación bancaria, póliza o certificado de seguro, cuentas anuales, y declaración del empresario indicando el volumen de negocios global.

En los pliegos del contrato, se especificarán los medios admitidos para la acreditación de la solvencia económica y financiera, incluyendo el importe mínimo de cada uno de ellos. Es importante que los requisitos de solvencia sean proporcionales al objeto del contrato para facilitar la participación de las pequeñas y medianas empresas.

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