¿Los días en la LCSP son naturales o hábiles?
En la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) de España, los plazos establecidos por días se entienden referidos a días naturales, salvo que se indique expresamente que deben computarse solo los días hábiles. Si el último día del plazo es inhábil, se prorroga al primer día hábil siguiente.
La LCSP establece que, por defecto, los plazos se computan en días naturales. Esto significa que todos los días del calendario se cuentan, incluidos los fines de semana y festivos, a menos que se especifique lo contrario.
En situaciones donde se menciona específicamente que los días deben ser hábiles, se excluyen los fines de semana y los días festivos del cómputo del plazo.
Además, si el último día de un plazo cae en un día inhábil, el plazo se extiende automáticamente al siguiente día hábil. Esto asegura que los plazos no finalicen en días en los que no se pueda realizar la actividad correspondiente.
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Por qué en la ley de contratos los plazos que acaban en un día inhabil se prorrogan al siguiente día hábil?
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