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Exigencias de Publicidad Preceptivas

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Las exigencias de publicidad preceptivas en la contratación pública española incluyen la obligatoriedad de publicar anuncios en el “Diario Oficial de las Comunidades Europeas” y en el “Boletín Oficial del Estado”, dependiendo de ciertos umbrales financieros y del tipo de contrato. Además, se establecen condiciones específicas para la publicación de anuncios indicativos y de adjudicación, así como para la aclaración o rectificación de anuncios.

La publicidad en el proceso de contratación pública es un aspecto crucial para garantizar la transparencia y la competencia. En el caso de España, las normativas establecen claramente las exigencias de publicidad preceptivas para los contratos del sector público. Una de estas exigencias es la publicación de anuncios en el “Diario Oficial de las Comunidades Europeas” para aquellos contratos cuyo presupuesto base de licitación supera ciertos límites. Sin embargo, si el presupuesto es inferior a estos límites, el órgano de contratación puede optar voluntariamente por realizar dicha publicación, siguiendo las normas y plazos establecidos.

Por otro lado, la publicidad oficial en el “Boletín Oficial del Estado” es obligatoria para los anuncios previos indicativos y los anuncios de adjudicación del contrato. Esta obligatoriedad asegura que todos los interesados tengan acceso a la información relevante sobre las oportunidades de contratación y los resultados de los procesos de adjudicación.

En cuanto a los gastos asociados a la publicidad, generalmente son a cargo del adjudicatario del contrato, excepto en ciertos casos donde la publicidad es gratuita o se indica lo contrario en el pliego de cláusulas administrativas particulares. Además, cualquier aclaración o rectificación de los anuncios debe ser realizada por el órgano de contratación y publicada de la misma forma que los anuncios originales.

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