explicame el articulo 314 y el 315
El artículo 314 establece la responsabilidad del contratista por defectos o errores en los proyectos de obra, mientras que el artículo 315 regula la subsanación de errores en los contratos de servicios.
En los contratos de servicios que implican la elaboración de un proyecto de obra, el contratista es responsable de los defectos o errores del proyecto. Esto significa que si el proyecto presenta fallos o errores, el contratista deberá asumir las consecuencias y realizar las correcciones necesarias. La Administración tiene el derecho de exigir la reparación de estos defectos.
Por otro lado, en los contratos de servicios en general, la Administración puede determinar si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas. Si se detectan vicios o defectos durante el plazo de garantía, el contratista está obligado a subsanarlos. Si los trabajos no se ajustan a lo contratado debido a errores imputables al contratista, la Administración puede rechazar la prestación y quedar exenta de la obligación de pago.
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si hay un proyecto que ha hecho un tercero, la adminsitraqcion es responsable, se aplicaria el 314 o 315
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si hay un proyecto que ha hecho un tercero, la adminsitraqcion es responsable, articulo 314 y 315
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Fundamentos de derecho en encargo sobre no error material
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responsabilidad de la empresa adjudicataria que subcontrata una obra
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responsabilidad del contratista por obras subcontratadas articulo de la ley
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responsabilidades elaboración proyectos
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¿Y si la administración pretende devolver el bien suministrado alegando vicios, pero estos vicios provienen del mal uso que la Administración está haciendo del bien?
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¿Qué tipo de procedimiento se ha de articular si se aprecian desperfectos, irregularidades durante el plazo de garantía de las obras?
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