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¿Un contrato abierto simplificado puede estar sujeto a regulación armonizada?

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No, un contrato abierto simplificado generalmente no está sujeto a regulación armonizada debido a los umbrales establecidos para considerar un contrato como SARA.

Los contratos sujetos a regulación armonizada (SARA) son aquellos que, por su importe y objeto, deben cumplir con requisitos adicionales de transparencia y publicidad para garantizar la igualdad de acceso a los operadores económicos del espacio económico europeo. Estos contratos tienen como objetivo consolidar el mercado común en la compra pública. Los umbrales para considerar un contrato como SARA varían según el tipo de contrato y la entidad contratante.

Para los contratos de procedimiento abierto, los umbrales para ser considerados SARA son los siguientes:

Tipo de Contrato Umbral (€)
Obras y Concesión de servicios 5.538.000
Servicios y suministros (Administración General del Estado) 143.000
Servicios y suministros (Otros) 221.000
Contratos de servicios especiales Anexo IV 750.000

Los contratos que no superen estos umbrales, así como aquellos realizados mediante otros procedimientos como el abierto simplificado o el abierto simplificado abreviado (supersimplificado), generalmente no se consideran SARA, independientemente de su valor. Esto se debe a que los procedimientos simplificados están diseñados para ser más ágiles y menos onerosos, aplicándose a contratos de menor cuantía que no alcanzan los umbrales establecidos para los contratos SARA.

Por lo tanto, un contrato abierto simplificado, por su naturaleza y diseño, está orientado a facilitar la contratación de servicios, suministros u obras de menor cuantía y complejidad, lo que generalmente lo excluye de la categoría de contratos sujetos a regulación armonizada, a menos que específicamente supere los umbrales mencionados para ser considerado como tal.

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