Que puedo hacer si se me ha pasado el plazo de presentación?
Si se ha pasado el plazo de presentación de proposiciones, no hay nada que pueda hacerse para presentar una oferta. Sin embargo, si el retraso fue producido por motivos no imputables al contratista, este podría ofrecer cumplir sus compromisos si se le amplía el plazo inicial de ejecución. En este caso, el órgano de contratación debería concederle un plazo que sería, por lo menos, igual al tiempo perdido, a no ser que el contratista pidiese otro menor. El responsable del contrato emitirá un informe donde se determine si el retraso fue producido por motivos imputables al contratista.
Además, si la Administración no ha pagado a un contratista dentro del plazo establecido, este podría reclamar por escrito el cumplimiento de la obligación de pago y, en su caso, de los intereses de demora. Si, transcurrido el plazo de un mes, la Administración no hubiera contestado, el interesado podría formular recurso contencioso-administrativo contra la inactividad de la Administración, pudiendo solicitar como medida cautelar el pago inmediato de la deuda.
- Referencias:
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 119
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 138
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 193
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 195
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 198
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 199
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 149
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 158
-
Que recurso cabe contra la decisión de no adjudicar un contrato?
-
¿Existe un plazo por defecto en caso de no especificarse el mismo?
-
se puede ampliar el plazo de ejecución de un contrato cuando ya ha vencido?
-
si una contratista en caso de prórroga no atiende a los requerimientos, se pude hacer la prórroga del contrato?
-
el cumplimiento de la prórroga es obligatorio?