Puede autorizar el pago derivado de un contrato persona distinta del órgano de contratación que figura en el PCAP
No, el pago derivado de un contrato no puede ser autorizado por una persona distinta del órgano de contratación que figura en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP).
El órgano de contratación es el responsable de aprobar los pliegos y documentos que contienen las prescripciones técnicas y condiciones del contrato antes de la licitación o adjudicación. Esto incluye la gestión de los pagos, que deben realizarse conforme a las condiciones establecidas en dichos documentos.
En casos específicos, como los pagos directos a subcontratistas, el órgano de contratación puede prever estos pagos en los pliegos, pero siempre bajo su supervisión y conformidad. Los pagos a subcontratistas se consideran realizados por cuenta del contratista principal, y no se imputan a la Administración en caso de retrasos por falta de conformidad del contratista principal.
Por lo tanto, cualquier autorización de pago debe ser gestionada por el órgano de contratación o conforme a las disposiciones establecidas en los pliegos, sin delegar esta responsabilidad a personas distintas no contempladas en el PCAP.
- Referencias:
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Puede cambiar el órgano de contratación que figura en el PCAP a lo largo de la vida del contrato
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donde esta regulado que el organo de contratación aprobara los pliegos
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que me puedes explicar del pago directo a subcontratistas
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órgano de contratación en el PCAP. Puede variar
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quien aprueba el pliego prescripciones técnicas
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el órgano de contratación es quien ordena el pago?
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¿Qué órgano aprueba los pliegos de cláusulas administrativas particulares?
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Si externalizo la redacción de un Pliego de Prescipciones técnicas de un contrato de suministro debe ser firmado por empleado publico ? Aprobado por el organo de contratación.
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Como debe de aparecer la subcontratación en los PCAP
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mediante que figura juridica se aprueban el pliego de cluasualsas particulares