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¿Qué es la memoria descriptiva en un contrato de obras y qué información debe incluir?

Esta pregunta ha sido revisada por un humano

En contratación pública, la “memoria descriptiva” suele referirse a la memoria del proyecto de obras: el documento técnico que describe el objeto de la obra, explica el estado previo y los antecedentes, identifica las necesidades que se pretenden satisfacer y justifica la solución adoptada (con los factores de todo orden que se han tenido en cuenta).

Según la LCSP, el proyecto de obras debe incorporar, al menos, esa memoria, junto con planos, PPTP, presupuesto/mediciones, programa de trabajos, referencias para replanteo, estudio de seguridad y salud y demás documentación exigible. En proyectos de menor entidad, la ley permite simplificar, refundir o suprimir parte de la documentación (con límites), siempre que lo resultante sea suficiente para definir, valorar y ejecutar la obra.

Efecto contractual relevante (muy práctico): la memoria del proyecto tiene carácter contractual en lo relativo a la descripción de los materiales básicos o elementales que integran las unidades de obra. Además, en ejecución, el contratista debe actuar con sujeción al PCAP y al proyecto que sirve de base al contrato.

Aclaración importante (para evitar confusiones): en muchas licitaciones se pide también una “memoria descriptiva” como parte de la oferta técnica del licitador (cómo ejecutará la obra, medios, metodología, planificación, etc.). Esa memoria no es la del proyecto: es un documento de la propuesta técnica y su contenido lo marcan los pliegos (y suele estar ligado a criterios de adjudicación).

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