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Es válida la firma manual de documentos?

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La firma manual de documentos es válida en el contexto de la contratación pública en España, siempre que cumpla con los requisitos establecidos por la Ley de Contratos del Sector Público. La ley no excluye explícitamente la firma manual, pero en la práctica, se fomenta el uso de medios electrónicos para la presentación de documentos y la realización de trámites.

En el proceso de contratación pública, se requiere que los licitadores presenten una serie de documentos, como declaraciones responsables y, en su caso, documentos acreditativos de cumplir con los requisitos de solvencia y de no estar incursos en prohibiciones para contratar. Estos documentos deben estar debidamente firmados y, en el caso de las declaraciones responsables, deben ajustarse al formulario del documento europeo único de contratación.

Además, la ley contempla la posibilidad de que las notificaciones se realicen a través de una dirección de correo electrónico “habilitada”, lo que implica un enfoque hacia la digitalización y la gestión electrónica de los procedimientos administrativos. Sin embargo, esto no invalida la firma manual de documentos, siempre que estos sean presentados en la forma requerida por el órgano de contratación.

Es importante mencionar que, aunque la firma manual es válida, la tendencia actual y las disposiciones de la ley apuntan hacia un incremento en el uso de medios electrónicos, lo que incluye la firma electrónica, para agilizar los procesos y garantizar la seguridad y autenticidad de los documentos presentados.

Referencias [Ley de Contratos del Sector Público; https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico]

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