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resumen de los contartos de servicios

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Los contratos de servicios en el ámbito de la Ley de Contratos del Sector Público de España son aquellos cuyo objeto es la prestación de actividades o servicios distintos de obras o suministros, y no pueden incluir el ejercicio de autoridad inherente a los poderes públicos.

Los contratos de servicios se definen como aquellos cuyo objeto son prestaciones de hacer, consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o suministro. Estos contratos pueden implicar la ejecución del servicio de forma sucesiva y por precio unitario. Sin embargo, no pueden incluir servicios que impliquen el ejercicio de la autoridad inherente a los poderes públicos.

En cuanto a la clasificación, los contratos de servicios se categorizan según su cuantía. La cuantía se refiere al valor estimado del contrato si su duración es igual o inferior a un año, o al valor medio anual si la duración es superior. Las categorías son las siguientes:

Categoría Cuantía del contrato
1 Inferior a 150.000 euros
2 Igual o superior a 150.000 euros e inferior a 300.000 euros
3 Igual o superior a 300.000 euros e inferior a 600.000 euros
4 Igual o superior a 600.000 euros e inferior a 1.200.000 euros
5 Igual o superior a 1.200.000 euros

Estas categorías ayudan a clasificar los contratos de servicios para su gestión y adjudicación, asegurando que se cumplan los requisitos legales y administrativos correspondientes.

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