resumen de los contartos de servicios
Los contratos de servicios en el ámbito de la Ley de Contratos del Sector Público de España son aquellos cuyo objeto es la prestación de actividades o servicios distintos de obras o suministros, y no pueden incluir el ejercicio de autoridad inherente a los poderes públicos.
Los contratos de servicios se definen como aquellos cuyo objeto son prestaciones de hacer, consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o suministro. Estos contratos pueden implicar la ejecución del servicio de forma sucesiva y por precio unitario. Sin embargo, no pueden incluir servicios que impliquen el ejercicio de la autoridad inherente a los poderes públicos.
En cuanto a la clasificación, los contratos de servicios se categorizan según su cuantía. La cuantía se refiere al valor estimado del contrato si su duración es igual o inferior a un año, o al valor medio anual si la duración es superior. Las categorías son las siguientes:
Categoría | Cuantía del contrato |
---|---|
1 | Inferior a 150.000 euros |
2 | Igual o superior a 150.000 euros e inferior a 300.000 euros |
3 | Igual o superior a 300.000 euros e inferior a 600.000 euros |
4 | Igual o superior a 600.000 euros e inferior a 1.200.000 euros |
5 | Igual o superior a 1.200.000 euros |
Estas categorías ayudan a clasificar los contratos de servicios para su gestión y adjudicación, asegurando que se cumplan los requisitos legales y administrativos correspondientes.