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¿La reducción de mediciones de unas unidades de obras pueden compensarse y utilizar para pagar el exceso de mediciones de otras unidades de obras?

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No, la reducción de mediciones de unas unidades de obras no puede compensarse para pagar el exceso de mediciones de otras unidades de obras.

En el contexto de la Ley de Contratos del Sector Público de España, las modificaciones en las unidades de obra deben tratarse de manera independiente. La reducción de unidades de obra no da derecho al contratista a reclamar indemnización alguna, y no puede utilizarse para compensar excesos en otras unidades.

El exceso de mediciones, que se refiere a la variación en el número de unidades realmente ejecutadas sobre las previstas en el proyecto, se permite siempre que no represente un incremento del gasto superior al 10% del precio del contrato inicial. Este exceso se recoge en la certificación final de la obra y no se considera una modificación del contrato.

Por lo tanto, cada ajuste en las mediciones debe gestionarse de acuerdo con las disposiciones específicas de la ley, sin que las reducciones puedan compensar excesos en otras áreas.

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