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revisión de precio contrato concesión de servicios

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La revisión de precios en un contrato de concesión de servicios se realiza conforme a lo establecido en el contrato, ajustándose a las disposiciones legales sobre revisión de precios en contratos del sector público.

En los contratos de concesión de servicios, las contraprestaciones económicas pactadas, denominadas tarifas, tienen la naturaleza de prestación patrimonial de carácter público no tributario. Estas tarifas pueden ser revisadas en la forma establecida en el contrato, siempre que se ajusten a lo previsto en la normativa sobre revisión de precios en contratos del sector público.

El concesionario debe llevar una contabilidad diferenciada respecto de todos los ingresos y gastos de la concesión, donde se reflejen debidamente todos los ingresos derivados de las contraprestaciones pactadas. Esta contabilidad debe estar a disposición de la entidad contratante.

Si el pliego de cláusulas administrativas particulares lo establece, el concesionario podría abonar a la Administración concedente un canon o participación, que se determinará y abonará según lo previsto en el pliego y la documentación contractual.

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