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formalización de contratos de importe mínimo?

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La formalización de contratos de importe mínimo en el sector público español, específicamente los contratos menores, se acredita mediante la documentación que justifica su existencia, sin necesidad de elevarse a escritura pública, a menos que así lo solicite el contratista.

Los contratos menores se definen por su valor estimado, siendo inferiores a 40.000 euros para obras y a 15.000 euros para suministros o servicios. Estos contratos permiten una tramitación simplificada y pueden adjudicarse directamente, cumpliendo con ciertos requisitos documentales y justificativos para su formalización.

Para la formalización de estos contratos, es necesario incluir un informe justificativo de la necesidad del contrato, la aprobación del gasto, y la factura correspondiente que cumpla con los requisitos establecidos. En el caso de contratos menores de obras, se añade la necesidad de incluir el presupuesto de las obras, y posiblemente un proyecto si las disposiciones vigentes lo requieren.

La existencia de los contratos menores se acredita con la documentación mencionada, sin que sea obligatorio formalizarlos en documento administrativo, salvo que el contratista solicite su elevación a escritura pública, asumiendo los costes que esto conlleve. Esta flexibilidad en la formalización busca facilitar y agilizar la contratación de pequeña cuantía, promoviendo así la eficiencia en la gestión de los recursos públicos.

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