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en un suministro de vehículo se puede añadir el servicio de mantenimiento?

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Sí, en un suministro de vehículos para el sector público se puede incluir el servicio de mantenimiento como parte del contrato.

El mantenimiento de los vehículos puede ser un aspecto fundamental del contrato de suministro, especialmente si se busca asegurar la operatividad y la fiabilidad de los vehículos a lo largo del tiempo. En el contexto de la Ley de Contratos del Sector Público de España, cuando se trata de la adquisición de equipos o sistemas que requieren mantenimiento, es necesario que este servicio se detalle en el pliego de cláusulas administrativas particulares.

En el caso de los vehículos, que pueden considerarse como equipos para el tratamiento de la información si están equipados con sistemas electrónicos avanzados, el mantenimiento incluiría revisiones preventivas, reparación y sustitución de piezas, y posiblemente la suplencia del vehículo en caso de averías. Además, se deberían detallar las mejoras de programación y otros servicios similares, especificando el plazo y precio por el que se comprometen al mantenimiento del equipo.

El adjudicatario de un contrato de suministro que incluya el mantenimiento asumirá el compromiso de mantener todos los dispositivos o elementos ofrecidos, incluso si no son de su fabricación. Esto implica que el contrato debe establecer claramente las obligaciones del adjudicatario en cuanto a las revisiones preventivas, reparaciones de averías, reposición de piezas y actualización o adaptación de programas.

Por último, es importante que las prestaciones derivadas del mantenimiento se ajusten a las especificaciones que el adjudicatario haya establecido en su oferta. Esto garantiza que la Administración conozca de antemano las condiciones del servicio de mantenimiento y pueda evaluar adecuadamente las propuestas de los oferentes.

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