Haz preguntas sobre tus dudas de contratación pública y te damos una respuesta personalizada a partir de nuestra base de conocimiento

Haz tu pregunta
Hemos estrenado Gobierto Asistente: Comienza a utilizarlo para tener un histórico de tus preguntas, continuar conversaciones, recibir sugerencias de preguntas... y muy pronto, preguntar al Asistente por cualquier tema de Gobierto.

Es admisible en un contrato de suministro la oferta de mejora de garantía de sustitución del bien suministrado mientras dure su vida útil.

Esta pregunta está pendiente de revisión por un humano

En el marco de la Ley de Contratos del Sector Público, la oferta de mejora de garantía de sustitución del bien suministrado mientras dure su vida útil no se contempla explícitamente como una opción. Sin embargo, las condiciones de garantía y las mejoras ofertadas por el contratista que sean aceptadas por el órgano de contratación pueden influir en la ejecución y responsabilidades derivadas del contrato.

La Ley de Contratos del Sector Público establece que durante el plazo de garantía, la Administración tiene derecho a reclamar del contratista la reposición de los bienes suministrados que resulten inadecuados o su reparación, si esto fuera suficiente, debido a la existencia de vicios o defectos. Esto implica que las condiciones de garantía son un aspecto fundamental en los contratos de suministro, y deben ser cumplidas de acuerdo a lo estipulado en el contrato.

Por otro lado, la ley también contempla que las mejoras ofertadas por el contratista y aceptadas por el órgano de contratación forman parte de las obligaciones contractuales. Esto significa que, en el contexto de un contrato de suministro, una oferta de mejora de garantía, como la sustitución del bien suministrado durante su vida útil, podría ser considerada si ha sido explícitamente aceptada por la Administración en el contrato.

Sin embargo, es importante destacar que la ley especifica claramente los términos y condiciones bajo los cuales se establecen las garantías, incluyendo la duración del plazo de garantía y las responsabilidades del contratista durante dicho plazo. La propuesta de extender la garantía a la vida útil completa del bien suministrado tendría que ser evaluada en el contexto de cada contrato específico, teniendo en cuenta la aceptación por parte del órgano de contratación y el cumplimiento de las disposiciones legales aplicables.

En resumen, aunque la Ley de Contratos del Sector Público no menciona explícitamente la posibilidad de ofrecer una mejora de garantía de sustitución del bien suministrado por toda su vida útil, este tipo de oferta podría ser contemplada dentro de las mejoras aceptadas por la Administración en el contrato, siempre y cuando se ajuste a las normativas y condiciones establecidas.

Ayúdanos a mejorar ¿Qué tal la respuesta?